INCOHERENCIAS PLAN DE DESARROLLO DE MEDELLIN

Medellín, 12 de mayo de 2020

Señores

Concejales de Medellín

E. S. M.

Asunto: CARTA ABIERTA A CONCEJALES DE MEDELLÍN N° 2

 En esta ocasión quiero ocuparme en desarrollar más a fondo la idea expuesta en la primera carta publicada el 3 de mayo de 2020, en la que señalo que el Proyecto de Acuerdo Plan de Desarrollo 2020—2023, incumple normas constitucionales y legales, y que lo que está estudiando el Concejo de Medellín, es un plan parcial que no recoge los lineamientos trazados en el programa de gobierno del candidato – Alcalde.

Son seis los pasos que se tienen que dar en la elaboración y trámite del plan; por falta de espacio me ocuparé de los pasos 1, 2 y 4. En el primero, tenemos que decir que el alcalde está en la obligación de elaborar el anteproyecto de plan de desarrollo conforme al programa de gobierno que presentó al momento de inscribir su candidatura; en el segundo, la ley prevé que las dependencias municipales tienen que prestarle el apoyo administrativo, técnico y financiero para la elaboración del plan; y en el cuarto, el proyecto de plan, como documento consolidado, debe presentarse a consideración del Consejo Territorial de Planeación.

Algunos Concejales de Medellín, parecen estar más interesados en ocuparse de los temas menores del plan de desarrollo, que de los asuntos trascendentales. La función del Concejo no se limita solamente a estudiarlo e impartirle su aprobación, sino que tienen la obligación de verificar el cumplimiento entre otras disposiciones, del artículo 39 de la Ley 152 de 1994, que les impone la obligación de verificar la correspondencia del plan con el programa que se entregó en la Registraduría, al momento de inscribir la candidatura: “Tanto los Consejos Territoriales de Planeación, como los Concejos y Asambleas, verificarán la correspondencia de los planes con los programas de gobierno que hayan sido registrados al momento de la inscripción como candidato por el Alcalde o Gobernador electo. ¿Hizo esta verificación el Concejo de Medellín antes de entrar a estudiar el Proyecto de Acuerdo de Plan de Desarrollo, propuesto? (Negrillas y subrayas, no forman parte del texto).

¿Cómo pueden pasar por alto los concejales de Medellín que en el plan de desarrollo que están estudiando, no estén incorporados los puntos 49, 50 y 51 del programa de gobierno del candidato- alcalde, Daniel Quintero Calle?

En el punto 49 del programa de gobierno se dice por ejemplo, que Empresas Públicas de Medellín es el orgullo de los antioqueños, pero que se encuentra en grave riesgo. Se habla de la crisis de Hidroituango, con pérdidas de hasta 7 billones de pesos y se menciona el pago de coimas para favorecer a la brasileña Camargo Correa.

En el anterior punto, también se dice que en el caso de UNE se presenta unos detrimentos que podrían sumar 1 billón de pesos y la compra sobrevalorada en Chile de Aguas de Antofagasta y el sobre costo también en la Hidroeléctrica de Panamá.

En el punto 50 se propone un Pacto por EPM:

 (…)

En 4 años una gerencia difícilmente alcanza a entender la profundidad de una empresa del tamaño de EPM. Por eso proponemos un acuerdo de largo plazo que aproveche la actual crisis como una oportunidad para establecer un pacto con diversos actores políticos, económicos y gremiales, con el objetivo de cualificar en términos técnicos a la junta directiva y darle estabilidad a la Gerencia de EPM. Quienes administren deben tener vocación de continuidad, su permanencia debe estar condicionada a sus resultados y no a componendas políticas. La Junta Directiva estará compuesta por hombres y mujeres de las más altas calidades, con carácter y criterio técnico demostrado”

¿Por qué en el Proyecto de plan de desarrollo no se dice nada de tal pacto por EPM, y cuál su contenido y alcance?

En el próximo documento continuaré comentando los puntos 49, 50 y 51, porque los hechos allí enunciados son ciertos y lo que le espera a los habitantes de Medellín, son nubarrones muy negros, con las muy seguras tempestades y borrascas que ahondarán las crisis actuales.

Atentamente,

GONZALO ÁLVAREZ HENAO

Exconcejal de Medellín


Medellín, 3 de mayo de 2020

Señores

CONCEJALES DE MEDELLIN

E.S.M.

Asunto: CARTA ABIERTA A LOS CONCEJALES DE MEDELLÍN

El Alcalde de Medellín, Daniel Quintero Calle, presenta a consideración del Concejo de la ciudad, un Plan parcial de Desarrollo, con el desconocimiento de claras normas constitucionales y legales.

En un hecho sin antecedentes en la historia de Medellín, se disponen los Concejales a impartirle aprobación al Proyecto de Acuerdo de Plan de Desarrollo 2020 –2023, sin la presencia en las barras de los ciudadanos, expertos y conocedores del tema, interesados en debatir los aspectos generales y estratégicos de dicha iniciativa.

El anteproyecto de Plan de Desarrollo presentado al Consejo Territorial de Planeación, no solo era incoherente, sino que no recogía en su plenitud el programa de gobierno radicado en la Registraduría. El radicado en la Secretaría del Concejo de Medellín, es un mamotreto de más de 923 farragosas páginas que no consultan o interpretan el momento que estamos viviendo, y en el que se desconoce que después de la pandemia la ciudad, no será la misma y sus habitantes miraran a Medellín y el mundo desde otra perspectiva.

A lo largo de todo el escrito se habla del COVID 19, por lo que se constituye en el tema central, pero de manera inexplicable no se pone en el centro del debate al Instituto Metropolitano de Salud (METRO SALUD), ni a las Empresas Públicas de Medellín.

Si algo ha quedado en evidencia con la presencia del COVID 19, es la precariedad del sistema de salud y lo perverso que ha resultado su privatización. Las sucesivas administraciones municipales de Medellín, han venido privatizando algunos de los servicios que presta Metro Salud, y siendo esta la oportunidad para fortalecerlo y ponerlo al frente de la batalla contra la pandemia, que va para largo, no se tiene ninguna línea estratégica para mejorarlo.

El COVID 19 también puso al descubierto que en Colombia existían muchas familias desconectadas de los servicios públicos domiciliarios, en especial del agua potable; por efectos de la pandemia, se ordenó reconectar de nuevo el servicio de acueducto. Este hecho nos debería llamar a la reflexión en cuanto a este recurso natural indispensable para la vida, y que pertenece a todos los habitantes del planeta. No debería existir en el mundo un ser humano sin este derecho.

Es cierto que cuando el alcalde Daniel Quintero Calle, radicó el programa de gobierno y presentó el ante Proyecto de Plan de Desarrollo, antes de que se conociera la presencia del coronavirus, pero estando en pleno desarrollo y teniendo conocimiento de que esto va para largo rato y que las consecuencias económicas serán devastadoras, y que como resultado de ello la población va a estar más empobrecida, la demanda de salud será mayor y necesitara de subsidios para poder pagar los servicios públicos, que no se hubiesen tenido en cuenta.

Para no hacerme muy largo y porque más adelante me volveré a ocupar de este tema, ya que pretendo demostrar que el proyecto presentado es parcial y no integral, cierro esta primera parte con lo que ha dicho el Departamento Administrativo de Planeación: “desde el punto de vista normativo, el artículo 339 de la Constitución Política de 1991 define que Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional”. Planeación Nacional habla de las entidades públicas y no de la administración central.

Atentamente,

GONZALO ÁLVAREZ HENAO

Ex – Concejal de Medellín

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